Paro 2026: requisitos, cuantía y duración de la prestación
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Pide tu revisión →Requisitos para cobrar el paro en 2026
La prestación contributiva por desempleo (lo que coloquialmente llamamos “paro”) requiere cumplir tres condiciones simultáneamente:
1. Cotización mínima: 360 días en 6 años
Debes haber cotizado al menos 360 días por desempleo en los últimos 6 años (72 meses) antes de quedarte sin trabajo. Este es el umbral mínimo para tener derecho a la prestación.
El periodo de cotización determina también la duración de la prestación (ver tabla más abajo). Cuantos más días hayas cotizado, más meses cobrarás.
2. Situación legal de desempleo
No basta con no tener trabajo: debes estar en una situación legal de desempleo reconocida. Las situaciones que dan derecho a la prestación son:
- Despido (disciplinario, objetivo, improcedente o nulo tras no readmisión).
- Fin de contrato temporal.
- Extinción del contrato por voluntad del trabajador con causa justificada (art. 50 ET).
- Suspensión de contrato en ERTE.
- Reducción de jornada de al menos un tercio en ERTE.
- Resolución de expediente concursal.
- Muerte, jubilación o incapacidad del empresario (si extingue el contrato).
No da derecho al paro: la dimisión voluntaria sin causa justificada, el mutuo acuerdo sin causa art. 50 ET, o la excedencia voluntaria.
3. Alta como demandante de empleo
Debes inscribirte como demandante de empleo en el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que quedaste desempleado. Si te retrasas, pierdes los días de prestación correspondientes al retraso.
Actualmente puedes hacer la solicitud online a través de la sede electrónica del SEPE o en las oficinas presenciales.
Cuánto se cobra: la cuantía del paro 2026
La cuantía de la prestación se calcula sobre la base reguladora, que es la media de las bases de cotización por desempleo de los últimos 180 días anteriores a la situación de desempleo.
Base reguladora diaria = Suma de bases de cotización de los últimos 180 días ÷ 180
Porcentajes
| Período | Porcentaje de la base reguladora |
|---|---|
| Primeros 180 días | 70% |
| Desde el día 181 | 50% |
Topes mínimos y máximos 2026
La prestación no puede ser inferior a los importes mínimos ni superior a los máximos, que se actualizan con el SMI cada año:
Importes mínimos (2026, aproximados):
- Sin hijos: 570 € al mes
- Con un hijo o más: 680 € al mes
Importes máximos (2026, aproximados):
- Sin hijos: 1.307 € al mes
- Con un hijo: 1.497 € al mes
- Con dos o más hijos: 1.686 € al mes
Nota: Los importes exactos se actualizan mediante Real Decreto. Consulta la cifra vigente en el SEPE.
Ejemplo de cálculo
Caso: María, salario bruto 2.500 €/mes (base de cotización igual al salario). Despedida en mayo 2026.
- Base de cotización mensual: 2.500 €
- Base reguladora diaria: 2.500 × 6 ÷ 180 = 83,33 €
- Primeros 180 días: 83,33 × 70% = 58,33 €/día → 1.750 €/mes (sujeto a topes)
- Desde el día 181: 83,33 × 50% = 41,67 €/día → 1.250 €/mes (sujeto a topes)
Como 1.750 € supera el tope máximo sin hijos (1.307 €), María cobraría el tope máximo durante los primeros 180 días.
Duración del paro: cuánto tiempo se cobra
La duración de la prestación depende de los días cotizados en los últimos 6 años:
| Días cotizados | Duración de la prestación |
|---|---|
| 360 – 539 días | 4 meses |
| 540 – 719 días | 6 meses |
| 720 – 899 días | 8 meses |
| 900 – 1.079 días | 10 meses |
| 1.080 – 1.259 días | 12 meses |
| 1.260 – 1.439 días | 14 meses |
| 1.440 – 1.619 días | 16 meses |
| 1.620 – 1.799 días | 18 meses |
| 1.800 – 1.979 días | 20 meses |
| 1.980 – 2.159 días | 22 meses |
| 2.160 días o más | 24 meses |
El máximo de la prestación contributiva es 24 meses (2 años).
Cómo solicitarlo: pasos y plazos
Paso 1: Inscríbete como demandante de empleo
Hazlo en los 15 días hábiles siguientes al despido. Es el paso más urgente y el más olvidado. El retraso se descuenta de la prestación.
Paso 2: Solicita la prestación
Puedes solicitarla:
- Online: a través de la sede electrónica del SEPE (sede.sepe.gob.es), con DNI electrónico o Cl@ve.
- Presencialmente: en tu oficina de empleo con cita previa.
- Por teléfono: en algunos casos, llamando al SEPE.
Documentos necesarios:
- DNI o NIE en vigor.
- Carta de despido o documento que acredite la situación de desempleo.
- Número de cuenta bancaria para el cobro.
- Datos de la empresa (NIF, razón social).
Paso 3: Renovar la demanda de empleo
Cada cierto tiempo (según el SEPE) debes renovar tu demanda de empleo para seguir percibiendo la prestación. Si no lo haces en plazo, pueden suspender el pago.
Compatibilidades del paro
Paro y trabajo a tiempo parcial
Es posible compatibilizar la prestación por desempleo con un trabajo a tiempo parcial. En este caso, el SEPE reduce la prestación en la misma proporción que la jornada trabajada.
Paro y trabajo autónomo
En determinadas condiciones, puedes simultanear el cobro del paro con el alta como autónomo, especialmente si te acoges a la capitalización (cobro en un pago único) para financiar tu negocio.
Paro y jubilación
Son incompatibles en general. Si cumples la edad de jubilación mientras cobras el paro, el paro se extingue al reconocerse la pensión de jubilación.
El subsidio por desempleo: cuando se acaba la prestación contributiva
Si agotaste la prestación contributiva y sigues sin trabajo, puede que tengas derecho al subsidio por desempleo (nivel asistencial), que requiere cumplir determinados requisitos de rentas y situación familiar. La cuantía del subsidio es menor (en torno al 80% del IPREM) pero puede mantenerse durante meses adicionales.
Qué hacer si el SEPE te deniega el paro
Si el SEPE te deniega la prestación o te reconoce una cuantía inferior a la que te corresponde, puedes:
- Presentar una reclamación previa ante el SEPE (plazo: 30 días hábiles desde la resolución).
- Si la reclamación es desestimada, interponer demanda ante el Juzgado de lo Social (plazo: 30 días hábiles desde la respuesta o silencio).
Los errores del SEPE son más frecuentes de lo que parece, especialmente en el cálculo de la base reguladora cuando hay contratos a tiempo parcial o cambios de categoría. Un asesor laboral puede revisar si el cálculo es correcto.
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