Permiso parental de 8 semanas: cómo funciona y si es retribuido
¿Crees que no te han pagado lo justo?
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Pide tu revisión →Qué es el permiso parental de 8 semanas
El permiso parental es un derecho relativamente nuevo en España, recogido en el artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores. Permite a cada progenitor ausentarse del trabajo, durante un máximo de 8 semanas, para dedicarse al cuidado de un hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta que ese menor cumpla 8 años.
Llegó a nuestra normativa para transponer la Directiva (UE) 2019/1158 relativa a la conciliación de la vida familiar y profesional. Su finalidad es repartir mejor las responsabilidades de cuidado entre ambos progenitores y dar flexibilidad más allá de las bajas por nacimiento.
No hay que confundirlo con otras figuras: no es la baja por nacimiento (las 16 semanas iniciales por progenitor), ni la excedencia por cuidado de hijo, ni la reducción de jornada. Es un permiso autónomo, con sus propias reglas.
Cómo funciona: continuo o fraccionado, completo o parcial
La gran ventaja de este permiso es su flexibilidad. Puedes disfrutarlo de varias formas:
- De forma continuada: las 8 semanas seguidas.
- De forma fraccionada: repartiendo las 8 semanas en distintos periodos a lo largo de los años, siempre antes de que el menor cumpla 8.
- A jornada completa: te ausentas por completo durante el periodo elegido.
- A jornada parcial: reduces tu jornada en los términos que se acuerden, conforme a lo que establezcan los reglamentos de desarrollo.
Esta flexibilidad permite, por ejemplo, usar unas semanas al inicio de la escolarización, otras en un periodo de enfermedad del menor o en vacaciones escolares. El menor de referencia puede tener hasta 8 años cumplidos: el día que los cumple decae el derecho.
¿Es retribuido el permiso parental?
Esta es la pregunta más buscada y conviene ser preciso. Por defecto, el permiso parental de 8 semanas no es retribuido: durante el periodo de disfrute la empresa no está obligada a pagarte el salario, aunque se conserva el derecho al puesto y la antigüedad sigue computando.
Hay dos matices importantes:
- Convenio colectivo o acuerdo de empresa: pueden establecer que el permiso sea total o parcialmente retribuido, o mejorar sus condiciones. Revisa siempre tu convenio.
- Posibles desarrollos normativos: la Directiva (UE) 2019/1158 contempla que parte del permiso parental pueda ser remunerado, y existe el compromiso de que una norma con rango legal regule una prestación o retribución para una parte de estas semanas. Mientras no entre en vigor esa previsión específica, rige el carácter no retribuido salvo mejora convencional.
Por eso, antes de pedirlo, conviene comprobar el redactado vigente y tu convenio, porque el panorama está evolucionando.
Preaviso y solicitud a la empresa
Para disfrutar del permiso debes cumplir unos requisitos formales:
- Preaviso mínimo de 10 días (o el que fije tu convenio) antes de la fecha de inicio, salvo causa justificada.
- Concreción de fechas: debes indicar el periodo de disfrute y la modalidad (continuo/fraccionado, completo/parcial).
- Acreditación: la relación de filiación o acogimiento del menor.
La empresa puede aplazar la concesión por un periodo razonable, justificándolo por escrito, cuando el disfrute en las fechas solicitadas altere seriamente el funcionamiento de la empresa. No es una negativa: es un aplazamiento, y debe ofrecerte una alternativa.
Derecho individual e intransferible
El permiso parental es un derecho individual de cada persona trabajadora, tanto del padre como de la madre, y no es transferible al otro progenitor. Es decir, cada uno tiene sus propias 8 semanas: no se pueden ceder ni acumular en uno solo. Este diseño busca precisamente fomentar la corresponsabilidad y que ambos progenitores se impliquen en el cuidado.
Durante el disfrute del permiso, tu protección frente al despido es reforzada: el despido de quien ha solicitado o está disfrutando este permiso se considera nulo, salvo que la empresa pruebe una causa ajena por completo al ejercicio del derecho.
Diferencias con la reducción de jornada y la excedencia
| Figura | Duración | ¿Retribuida? | Para qué sirve |
|---|---|---|---|
| Permiso parental | Hasta 8 semanas por progenitor | No (salvo convenio/ley) | Cuidado puntual de hijo hasta 8 años |
| Reducción de jornada | Mientras dure, hasta cierta edad | Salario proporcional a la jornada | Reducir horas de forma estable |
| Excedencia por cuidado de hijo | Hasta 3 años | No | Suspender el contrato un periodo largo |
Cada herramienta encaja en una necesidad distinta. Muchas familias combinan varias a lo largo de la crianza.
Por qué conviene asesorarse
El permiso parental es reciente, su regulación está en plena evolución y las empresas no siempre lo aplican bien: confusiones con la baja por nacimiento, negativas encubiertas a fraccionar, aplazamientos sin justificar o dudas sobre si tu convenio lo retribuye. Saber exactamente qué semanas te corresponden, cómo combinarlas con la reducción de jornada y cómo dejar constancia de tu solicitud puede evitarte perder un derecho. En mepertenece.es analizamos tu situación familiar y laboral concreta y te ayudamos a planificar el disfrute, redactar la solicitud y reclamar si la empresa te lo deniega.
¿Crees que no te han pagado lo justo?
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